5 julio, 2026

Reglamento de Socios y Préstamos

Reglamento de Socios y Préstamos

El presente texto forma parte de la normativa general de la Biblioteca y tiene como fin brindar a los usuarios una versión actualizada de la normativa para la asociación y préstamo de materiales. Cualquier ajuste posterior a estas normas respetará siempre los principios esenciales establecidos en este reglamento.

Artículo 1.- De los Socios

Podrán ser socios de la Biblioteca los integrantes de la Comunidad Universitaria: Estudiantes, Docentes, No Docentes, Becarios, así como Graduados de Universidades Nacionales, quienes adquirirán la categoría de Socios Adherentes.

Los materiales de esta biblioteca no se prestan a domicilio a usuarios externos de otras instituciones que no sean Nacionales, no obstante si están disponibles para consulta en sala.

Artículo 2.- Requisitos de Asociación

  • Primera etapa: Pre-inscripción en línea

La pre-inscripción se realizará a través del siguiente enlace: https://opac.uncoma.edu.ar/cgi-bin/koha/opac-memberentry.pl

Se solicitarán los siguientes datos: Nombre y Apellido completos, Número de Documento Nacional de Identidad (DNI), Teléfono de contacto (personal y alternativo). Domicilio, Dirección de correo electrónico (personal y alternativo).

  • Segunda etapa: Presentación de documentación

  • Estudiantes del Asentamiento Central:

    • Certificado de alumno regular o activo.

    • Documento Nacional de Identidad (DNI).

  • Estudiantes de otros asentamientos universitarios:

    • Carnet de socio de la Biblioteca de su facultad de origen.

    • Certificado de alumno regular o activo.

    • Documento Nacional de Identidad (DNI).

  • Docentes y No Docentes:

    • Último recibo de sueldo.

    • Documento Nacional de Identidad (DNI).

  • Graduados (Socios Adherentes):

    • tulo universitario de Institución Nacional.

    • Documento Nacional de Identidad (DNI).

Artículo 3.- Del Uso del Carnet

  • El carnet es intransferible y deberá ser presentado impreso o digital para tramitar el préstamo de libros.

  • Durante el transcurso del año, se enviará por única vez el carnet en formato PDF al correo electrónico personal del socio (deberá ser guardado para poder recuperarlo ante eventuales pérdidas).

  • Anualmente, en el mes de abril, el socio deberá actualizar su condición presentando el certificado de alumno activo o regular con fecha de abril del corriente año. El carnet seguirá siendo el mismo durante toda la carrera.

Artículo 4.- Préstamos

a) Préstamos a domicilio

  • Los préstamos a domicilio de los libros de cátedra tendrán una duración máxima de 7 (siete) días corridos. Los ejemplares devueltos no podrán ser retirados inmediatamente por el mismo usuario durante el día de la devolución, pero si podrán optar por otro ejemplar igual (mismo título y mismo autor) si hubiera disponibilidad.

  • Los ejemplares identificados como “libros de consulta” podrán ser retirados solo los fines de semana, y opcionalmente podrán ser reservados a partir de los días miércoles.

  • Los préstamos correspondientes al Proyecto del Cuarto Libro serán por 14 (catorce) días, con opción de renovación.

  • Se podrán retirar hasta 3 (tres) libros de cátedra a la vez, más 2 (dos) libros de la sección “Cuarto Libro”.

  • No se prestarán a domicilio los siguientes materiales: obras de referencia, ejemplares únicos o agotados, revistas, obras completas, tesis de grado y posgrado, y cualquier otro material que la Biblioteca determine que debe ser resguardado.

b) Préstamos en sala

  • Las calculadoras podrán ser prestadas por el día y se podrán retirar de la Biblioteca para rendir exámenes. Deberán ser devueltas el mismo día de su retiro, antes del cierre de la Biblioteca. El usuario será responsable de su cuidado y correcta devolución.

  • Los atriles se prestarán exclusivamente para su uso dentro de las instalaciones de la Biblioteca durante la jornada en curso. Deberán ser devueltos antes del horario de cierre en las mismas condiciones en que fueron entregados.

  • Tendrán carácter de consulta en sala las obras de referencia, los ejemplares únicos o agotados, las revistas, las obras completas, las tesis de grado y posgrado y cualquier otro material que la Biblioteca determine necesario resguardar por razones de conservación, disponibilidad o valor patrimonial.

c) Préstamos Interbibliotecarios

  • El servicio de Préstamo Interbibliotecario de la Biblioteca Central de la Universidad Nacional del Comahue permite a otras bibliotecas solicitar material bibliográfico perteneciente a nuestra colección. Asimismo, posibilita gestionar ante otras bibliotecas universitarias la obtención de libros, capítulos de libros, artículos y otros documentos que no se encuentren disponibles en nuestro catálogo.

  • El Préstamo Interbibliotecario es un servicio de cooperación entre bibliotecas que facilita el acceso a materiales bibliográficos pertenecientes a otras unidades de información. Su objetivo es satisfacer las necesidades de información de los usuarios mediante el intercambio de recursos y la colaboración entre instituciones. Ver Reglamento Préstamos Interbibliotecario (https://bibliocentral.uncoma.edu.ar/index.php/prestamos-interbibliotecarios/)

  • Las solicitudes deberán ser efectuadas por la biblioteca solicitante, que actuará como intermediaria y responsable del material prestado.

  • El plazo de préstamo será establecido por la biblioteca propietaria del material, con una duración de entre quince (15) y treinta (30) días corridos, de acuerdo con las características de la obra y las condiciones particulares de cada institución.

  • La Biblioteca Central se reserva el derecho de excluir del préstamo interbibliotecario aquellas obras que, por su valor, estado de conservación, demanda o características especiales, considere de uso restringido.

    d) Préstamos extendidos

  • Durante los períodos de receso, tanto de invierno como de verano, la Biblioteca permite a los estudiantes, docentes y a sus socios en general retirar material bibliográfico por un período extendido que coincide con las fechas del receso académico.

  • El material se retira antes del cierre por receso y debe devolverse a la reanudación de las clases.

    El cupo es limitado, ya que se permite retirar hasta tres (3) libros de cátedra más dos (2) libros de Cuarto Libro o literatura recreativa simultáneamente.

e) Préstamos de excepción

  • Duración del préstamo: Se podrá extender la duración del préstamo en los siguientes casos:

    • Concursos docentes.

    • Proyectos de investigación.

    • Solicitud de cátedra.

  • Requisitos: Justificación mediante una nota del interesado, con el aval de la Facultad y con mención del límite de tiempo para todo tipo de material.

Artículo 5.- Devoluciones

El material que fuera prestado, será entregado y recibido a través del mostrador durante el horario de atención de la Sala de Circulación y Préstamos. Las devoluciones podrán ser realizadas por terceras personas, sin necesidad de presentar la credencial del usuario. En caso que el día estipulado para la devolución del libro no hubiese actividad laboral (feriados, motivos no previstos, etc.) la misma pasará para el día hábil siguiente.

Existe también la posibilidad de realizar devoluciones únicamente de libros, fuera del horario de atención del área Circulación y Préstamos, a través del Buzón de Devoluciones ubicado en el Hall de Entrada, al lado de la ventanilla de la Guardia.

Recomendaciones:

  • Antes de introducir el libro al buzón, completar la ficha con el número del libro, nombre y apellido del usuario y colocarlo dentro del libro de manera tal que sobresalga parte de la ficha.

  • Asegúrese que el libro haya caído correctamente.

Advertencias:

  • El buzón no emite justificante de la devolución. En ningún momento se entenderá devuelto un libro que no se encuentre en poder de la Biblioteca y por lo tanto es responsabilidad del usuario el uso de este servicio.

  • La devolución no se registra de manera inmediata. Se hará efectiva el próximo día hábil en que la Biblioteca se encuentre abierta. Para verificar que la devolución haya sido procesada correctamente, ingrese a su cuenta en el catálogo en línea https://opac.uncoma.edu.ar/Mi cuenta. Su usuario y contraseña corresponden al número de su DNI.

  • La devolución de materiales a través del buzón está sujeta a las mismas normas y condiciones que las devoluciones realizadas en el mostrador. En caso de efectuarse fuera del plazo establecido, se aplicarán las sanciones correspondientes por mora, de acuerdo con el reglamento de la Biblioteca.

Artículo 6.- Régimen de Sanciones

En caso de no devolver las obras en el plazo estipulado, se aplicarán las siguientes sanciones:

  • Un (1) día de atraso en la devolución de material de préstamo a domicilio: dos (2) días de suspensión del servicio de préstamo por cada día de mora.

  • Un (1) día de atraso en la devolución de material de consulta o préstamo especial: una (1) semana de suspensión del servicio de préstamo.

  • La pérdida, extravío o devolución de una obra en condiciones de deterioro o visible maltrato obligará al usuario a reponerla por un ejemplar igual o de características equivalentes, previa aprobación de la Dirección de la Biblioteca Central.

Las sanciones por mora son acumulativas y quedarán registradas en la cuenta del usuario.

Al registrarse una quinta (5ta) sanción por mora, el usuario perderá el derecho a retirar material bibliográfico en préstamo a domicilio durante el resto del año académico.

Para solicitar la reincorporación al servicio de préstamo, el usuario deberá presentar una nota dirigida a la Dirección de la Biblioteca Central, exponiendo los motivos de su pedido. La aceptación o rechazo de la solicitud quedará a consideración de la Dirección.

Reclamos por mora

La Biblioteca realizará el seguimiento de los préstamos vencidos mediante avisos y recordatorios enviados a los medios de contacto registrados por el usuario.

Cuando un material bibliográfico no sea devuelto en la fecha establecida, la Biblioteca podrá efectuar reclamos por correo electrónico, teléfono u otros medios de comunicación disponibles, con el fin de regularizar la situación.

La falta de respuesta a los reclamos o la demora en la devolución del material dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el presente reglamento, pudiendo incluir la suspensión temporal de los servicios de préstamo y renovación hasta la restitución del material adeudado.

Mientras el usuario mantenga materiales pendientes de devolución o deudas con la Biblioteca, no se emitirá el correspondiente certificado de libre deuda bibliotecaria.

La falta de libre deuda podrá afectar la realización de trámites académicos y administrativos, tales como la obtención del título, la expedición de certificados, el pase o transferencia a otra unidad académica, universidad o institución educativa, así como cualquier otro trámite que requiera acreditar la inexistencia de obligaciones pendientes con la Biblioteca.

En caso de persistir el incumplimiento, la Biblioteca podrá comunicar la situación a la unidad académica o dependencia correspondiente para su intervención.

Artículo 7.- Uso de las Instalaciones

Las salas de lectura son espacios destinados al estudio, la investigación y la consulta de material bibliográfico. La Biblioteca es un espacio de uso público, concurrido principalmente por estudiantes, docentes, investigadores y miembros de la comunidad universitaria que utilizan sus instalaciones para actividades académicas.

Todos los usuarios deberán contribuir al mantenimiento de un ambiente adecuado para el estudio, la investigación y el trabajo académico. Por ello, a fin de garantizar condiciones apropiadas para el estudio y la convivencia, se solicita a los usuarios respetar las siguientes normas:• Mantener silencio o un volumen de voz moderado que no interfiera con la concentración de otros usuarios.

• Mantener los teléfonos celulares en modo silencioso y evitar cualquier sonido que pueda perturbar el ambiente de estudio.

• Conservar el orden y la limpieza de las mesas, sillas y demás espacios de uso común.

• No ocupar las sillas con mochilas, bolsos u otros objetos personales cuando existan usuarios que requieran utilizarlas.

• No reservar lugares dejando útiles, apuntes u otros materiales sobre las mesas de estudio.

• El resguardo y cuidado de las pertenencias personales son de exclusiva responsabilidad de cada usuario.

• Respetar las áreas donde no está permitido consumir alimentos o bebidas.

• Acatar las indicaciones del personal de la Biblioteca en todo lo relativo al uso de las salas de lectura y espacios comunes.

Artículo 8.- Uso del Material Bibliográfico

Los usuarios deberán hacer un uso responsable y cuidadoso del material prestado por la Biblioteca (libros, atriles, calculadoras, etc.) preservando su estado y evitando cualquier acción que pueda dañarlo, tal como escribir, subrayar, resaltar, marcar páginas, doblar hojas, realizar anotaciones, desprender páginas o efectuar cualquier modificación sobre estos.

Los libros y demás materiales retirados de los estantes para su consulta no deberán ser reubicados por los usuarios. Una vez finalizada la consulta, deberán depositarse sobre las mesas o en los espacios destinados a tal fin, para que el personal de la Biblioteca proceda a su correcta ubicación.

Esta medida tiene por objeto preservar el orden de la colección y garantizar la localización de los materiales. Una obra ubicada incorrectamente en los estantes puede resultar de difícil recuperación y, a efectos prácticos, considerarse temporalmente extraviada para los usuarios y para la propia Biblioteca.

Durante su utilización y traslado, los usuarios deberán proteger los materiales de la humedad, la suciedad, la exposición a líquidos, alimentos u otros agentes que puedan deteriorarlos. Asimismo, deberán transportarlos de manera adecuada, preferentemente dentro de mochilas, bolsos o carpetas que garanticen su resguardo, evitando golpes, aplastamientos o deformaciones que puedan dañar las tapas, el lomo o las hojas.

Los ejemplares deberán ser devueltos en las mismas condiciones en que fueron retirados. Cualquier daño, deterioro o pérdida será responsabilidad del usuario y dará lugar a las medidas previstas en el presente reglamento.

Todo usuario deberá informar al personal de la Biblioteca cualquier deterioro que observe en el material antes de su utilización, a fin de evitar responsabilidades posteriores.

Dependiendo del daño causado en el libro, las medidas tomadas quedarán a cargo del bibliotecario. Estas medidas pueden incluir la reposición del libro, la aplicación de sanciones relacionadas con los préstamos, u otras acciones que se consideren pertinentes.

Las obras de referencia: diccionarios especializados (excepto de inglés-español), enciclopedias, atlas, manuales de consulta y materiales similares son de uso exclusivo en sala y no podrán ser fotocopiadas ni retiradas en préstamo.


Artículo 9.- Uso de equipamiento técnico

Las computadoras ubicadas en la sala de lectura y en las salas de informática están destinadas exclusivamente a fines académicos, tales como la realización de trabajos prácticos, tareas de investigación y el acceso a plataformas educativas. Queda estrictamente prohibido su uso con fines recreativos, laborales o de otra índole.

Para garantizar el normal funcionamiento del equipamiento, los usuarios deberán abstenerse de manipular, desconectar o alterar los componentes de los dispositivos. Cualquier falla técnica deberá ser reportada inmediatamente al personal responsable.

Artículo 10. Libro de Agradecimientos, Reclamos y Sugerencias

En el mostrador principal de la Sala de Circulación y Préstamos se encuentra a disposición de los usuarios un libro destinado al registro de:

  • Agradecimientos u opiniones.

  • Observaciones.

  • Reclamos.

  • Sugerencias.

  • Sugerencias de bibliografía para su incorporación a la colección de la Biblioteca.

Su finalidad es permitir que los usuarios expresen sus comentarios, aportes y propuestas de mejora respecto de los servicios y recursos bibliográficos de la Biblioteca, contribuyendo así a su desarrollo y actualización.